El despido es un tema bastante común en estos tiempos de pandemia, pero también bajo condiciones de normalidad, donde el empleador puede incurrir en malas prácticas al momento de tener que despedir a un trabajador.
Sin lugar a dudas que el Coronavirus puso en alerta al ciudadano de a pie en materia de despido injustificado. En estos tiempos difíciles esta forma de desvincular trabajadores pudo haber aumentado exponencialmente en el país. .
Las estadísticas muestran que, hay un promedio de 26 mil demandas al año por despido injustificado en Chile. Es más; el trabajador tiene un alto porcentaje de ganar la demanda.
Pero bajo el estrés que puede producir este mal rato es que se pueden dar algunas pautas de qué hacer en caso de que lamentablemente sufra de este tipo de despido.
Falta de probidad, daños a la propiedad e incumplimientos son algunas de las razones que pueden ser falsas y en las que puede incurrir el jefe para un despido injustificado.
No obstante, no todos lo tienen claro pero lo primero que se tiene que realizar es que si siente que fue víctima de un despido injustificado, es Interponer un reclamo por este motivo en contra del ex empleador ante el Juzgado del Trabajo.
Por parte de la empresa, en caso de darse esta situación, se debe informar con una carta de despido que cumpla con una redacción acorde a la circunstancia, es decir que se entiendan las razones fundamentadas bajo las cales se despidió al trabajador.
En reiteradas ocasiones se ha escuchado a un cercano o familiar que fue despedido de forma injustificada o por necesidades de la empresa, donde no se le han explicado las razones.
A modo de retomar el contenido en la carta de despido, este debe mencionar claramente el estado del pago de las cotizaciones a la fecha que se produjo la desvinculación e indicar el monto po concepto de indemnización, por años de servicios, entre otros. .
Ahora bien existe un contexto donde la frase “necesidades de la empresa” podría ser válida y es cuando no se ha contratado otra persona inmediatamente después del despido.
En Chile el marco legal permite que cuando es objetiva la causal de despido el trabajador, como ya se mencionó pueda ser debidamente indemnizado.
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