Por: Cristina Melo – Abogada laboral – Fundadora Estudio Jurídico Melo & Asociados
Mañana domingo será votada la propuesta de nueva constitución y es importante conocer los nuevos puntos que propone en materia laboral, según art. 16 número 26:
- Derecho a la Equidad de Género: se garantiza avance para las mujeres tanto en acceso igualitario a la participación política, prohibición a la discriminación salarial por motivos de género, garantía de sala cuna universal y promoción de la corresponsabilidad familiar. Si bien la sala cuna universal es un concepto nuevo, el resto ya existe en leyes vigentes, sin embargo, no tienen rango constitucional.
- Derecho a tener un sistema de Previsión: consagra el derecho a elegir nuestro sistema previsional, heredar nuestros fondos previsionales y los declara inexpropiables por el Estado. La inexpropiabilidad se aborda por primera vez, no se consagra en la constitución actual.
- Seguro universal de Salud: se dejará a la elaboración de una nueva ley que establezca el derecho a un plan de salud universal, sin discriminación por edad, sexo o preexistencia médica, el plan será universal y lo pueden otorgar tanto instituciones públicas como privadas. Esto es un cambio importante a la Constitución ya vigente, ya que elimina constitucionalmente las preexistencias.
- Derecho a un Trabajo digno y equilibrado: establece el derecho al trabajo decente, condiciones laborales equitativas, salud y seguridad social, remuneración justa, derecho a descanso y desconexión digital. Promueve la vida personal y familiar equilibradamente. Esto está establecido en el art. 16 número 26 letras a, b, c, d y e., temas ya existentes en algunas leyes pero no tienen rango constitucional vigente.
Según mi punto de vista, la propuesta de nueva constitución expone varios puntos interesantes respecto de nuevos derechos laborales no consagrados al día de hoy, pero también recordemos que una constitución solo expone propuestas generales, no está especificado el qué, cómo, cuándo y dónde. No está especificado el cómo se llevará a cabo ya que eso debe bajarse a propuestas de ley o interpretación de los jueces ante las diferentes situaciones que se den día a día, eso es lo que finalmente logra convicciones de las normas y eso, por supuesto, no lo puede ofrecer ninguna propuesta nueva de constitución.
También hay que tener en cuenta que la propuesta constitucional consagra constitucionalmente los derechos a huelga y sindicalización, ya establecidos en la constitución actual, pero los limita al marco de la negociación colectiva.
Teniendo presente estos aspectos, entre otros, el derecho a sufragio es el que mayormente refleja la igualdad en este país. Lo importante e informarse.
Cristina Melo
Abogada laboral
Fundadora Estudio Jurídico Melo & Asociados





